La Audiencia Nacional investiga si el apagón fue un sabotaje informático

El tribunal español solicita informes a Red Eléctrica, el Centro Criptológico Nacional y a la policía tras considerar el “ciberterrorismo” como una posible causa del fallo masivo.

Sede de la Audiencia Nacional española.
Foto: Audiencia Nacional

El titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional española, José Luis Calama, ha abierto diligencias para investigar si el apagón eléctrico que afectó este lunes a toda la Península Ibérica podría haber sido consecuencia de un sabotaje informático dirigido contra infraestructuras críticas.

En un auto recogido por Europa Press, el magistrado señala que, aunque la causa “resulta desconocida”, el “ciberterrorismo se encuentra entre una de las posibles” hipótesis, lo que justificaría el inicio de una investigación judicial. Las diligencias contradicen, por tanto, la versión de Red Eléctrica, que asegura que “no ha habido ningún tipo de intrusión en los sistemas de control de Red Eléctrica”.

Como primeras actuaciones, Calama ha ordenado requerir al Centro Criptológico Nacional y a Red Eléctrica de España la elaboración de informes técnicos que aclaren en un plazo de diez días las causas del corte de suministro.

También ha solicitado a la Jefatura de Información de la Policía Nacional española un informe preliminar sobre lo ocurrido. Según el auto judicial, el apagón tuvo lugar hacia las 12:30 horas y afectó a los sistemas informáticos vinculados a servicios esenciales como la energía, la salud, el transporte y la industria, generando una “situación crítica para el bienestar y sentimiento de seguridad de todos los ciudadanos”.

El magistrado ha incluido en su resolución la información facilitada por Moncloa, según la cual durante cinco segundos se perdieron súbitamente 15 gigavatios de energía —el 60 % del consumo eléctrico en ese momento—, algo sin precedentes.

En base a la legislación vigente, Calama indica que, si se confirmara “un origen deliberado con fines de desestabilización”, los hechos podrían encajar en el artículo 573.2 del Código Penal, que contempla como “terrorismo” los ataques informáticos dirigidos contra el funcionamiento de los servicios esenciales.