Milei impone restricciones al derecho a huelga en Argentina

El Ejecutivo argentino incluye nuevas actividades esenciales y de “importancia trascendental” que deberán mantener entre el 50% y el 75% del servicio en los paros, sin debate parlamentario previo.

Gendarmería argentina durante protestas, imagen de archivo.
Foto: @infonews (X)

El Gobierno de Javier Milei modificó este miércoles el régimen legal del derecho a huelga en Argentina mediante el Decreto 340/2025, ampliando el listado de servicios que deben mantener “un nivel mínimo de funcionamiento” durante un conflicto laboral.

La norma, publicada en el Boletín Oficial, fue incluida dentro de un decreto general sobre desregulación del transporte marítimo y fluvial, y establece dos nuevas categorías: servicios “esenciales”, que deberán garantizar el 75% de prestación, y actividades de “importancia trascendental”, con un mínimo del 50%.

Esta medida modifica de facto la Ley 25.877 sin pasar por el Congreso. Según la publicación oficial, la disposición se adopta “en el marco de las facultades del Poder Ejecutivo Nacional”.

Hasta ahora, solo los servicios sanitarios, hospitalarios, de agua, energía, gas y control aéreo estaban obligados a garantizar servicios mínimos durante una huelga.

El nuevo decreto incorpora además al transporte marítimo, fluvial y terrestre, los servicios aduaneros y migratorios, y toda la educación pública y privada.

Ahora también se suman sectores como la producción alimentaria, la actividad agropecuaria, los bancos, medios de comunicación, comercio electrónico, industria, minería, logística y servicios aeroportuarios, entre otros.

La Central General del Trabajo (CGT), la principal central sindical del país, califica la medida como “un intento de suprimir el derecho a huelga en la Argentina de un plumazo y sin debate ni análisis previo”, según un comunicado difundido este martes.

En diálogo con EFE, el abogado laboralista Juan Manuel Ottaviano advierte que esta modificación “es contraria a lo que dictan la Constitución y las leyes y convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)”, y recuerda que un decreto similar fue declarado inaplicable en 2024 por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.