El juzgado de Valladolid prohíbe a Desokupacyl acercarse a un inquilino
Una medida cautelar por amenazas impide a la empresa acercarse o comunicarse con un arrendatario, generando una jurisprudencia interesante para el movimiento de vivienda.
El Juzgado de Instrucción número 1 de Valladolid (Castilla y León) impuso a principios de mes una orden a Desokupacyl que le prohíbe acercarse a un inquilino a menos de 300 metros, comunicarse con él o acercarse a su domicilio o centro de trabajo. Según recogía Diario de Valladolid, la medida responde a denuncias por amenazas y coacciones realizadas por el afectado, que reside en un inmueble de la calle Arribes del Duero y lleva tres meses sin pooder pagar la renta por dificultades económicas.
El juzgado adoptó estas medidas cautelares tras una vista judicial en la que apoyó la petición de la abogada del denunciante y el Ministerio Fiscal. Sin embargo, no suspende la actividad de Desokupacyl, compañía que carece de la autorización legal del Ministerio del Interior para ejercer funciones de seguridad privada, pese a que su objeto social declarado incluye “vigilancia y protección de personas y bienes”.
Según relata el denunciante, Desokupacyl llevó a cabo un plan para presionarle a abandonar la vivienda sin procedimiento judicial, bajo encargo de la propietaria del inmueble. Parte de esa presión incluyó mensajes de WhatsApp con amenazas explícitas, advertencias de “operativos” y audios con afirmaciones intimidatorias que habrían sido difundidos con la intención de coaccionar y humillar al inquilino, incluso con amenazas de publicación de información personal en redes sociales.
Este caso vuelve a exponer las prácticas ilegales y coercitivas que las empresas dedicadas a desalojos extrajudiciales ejercen sobre personas en situación vulnerable. Además, sienta una jurisprudencia útil para sindicatos y demás organizaciones de vivienda que atienden casos de inquilinos afectados por estas empresas.