El Tribunal Laboral sueco (Arbetsdomstolen) ha confirmado este mes el despido de Erik Helgeson, vicepresidente y portavoz del Sindicato de Trabajadores Portuarios de Suecia (Svenska Hamnarbetarförbundet, conocido como Hamnarbetarförbundet o SDU), empleado en la terminal Gothenburg RoRo Terminals (GRT) en el puerto de Gotemburgo. La decisión judicial, basada en que la demanda presentada por el sindicato "llegó fuera de plazo", cierra un proceso que ha generado un amplio debate sobre los límites de la libertad sindical y las acciones de solidaridad internacional en el ámbito laboral sueco.

El caso se origina en una acción sindical iniciada a finales de 2024. En diciembre de ese año, los miembros del sindicato votaron en un 68% a favor de bloquear cargamentos militares destinados a o provenientes de Israel, en respuesta al genocidio en Gaza y a llamados de organizaciones como Workers in Palestine. La medida, de carácter simbólico y limitada inicialmente a seis días, se ejecutó en febrero de 2025 tras una resolución provisional del Tribunal Laboral que la declaró legal, al considerarla una acción sindical protegida.

Burocracia y represión

Sin embargo, el mismo día en que se emitió esa resolución favorable al sindicato, el 3 de febrero, GRT notificó a Helgeson, de 42 años y con larga trayectoria en el sector, su intención de despedirlo. La empresa invocó supuestas "violaciones a la Ley de Protección de Seguridad", alegando riesgos para la "seguridad nacional", así como acusaciones de "deslealtad y contacto indebido con clientes". Previamente, GRT había presentado una denuncia policial contra Helgeson, que fue desestimada por falta de indicios de delito.

El sindicato demandó a la empresa argumentando que el despido constituía una represalia por actividades sindicales legítimas y una vulneración del derecho de asociación. No obstante, este diciembre, el Tribunal Laboral ha rechazado la demanda por cuestiones procedimentales relacionadas con el plazo de presentación, confirmando así el fin del contrato sin indemnización retroactiva ni reintegro al puesto. 

Desde el sindicato, se ha calificado la decisión empresarial y el proceso como un intento de intimidación. "Esto no es solo un caso personal; afecta al derecho de los trabajadores a posicionarse en cuestiones éticas sin temor a represalias", ha declarado Helgeson en entrevistas recientes. El SDU mantiene que las acciones de su portavoz se limitaron a representar decisiones colectivas de los miembros, y destaca la tradición del sindicato en acciones de solidaridad internacional, como bloqueos previos contra cargamentos relacionados con conflictos en otros países.