El Juzgado de lo Penal número 1 de Xixón (Asturies) ha rechazado suspender la entrada en prisión de seis militantes del sindicato CNT, conocidas como Las seis de La Suiza, condenadas a tres años y medio de cárcel por actividad sindical calificada como “delito continuado de coacciones graves” y otro “contra la administración de justicia”.
Según informa InfoLibre, el juez Lino Rubio Mayo ha desestimado la solicitud de la defensa y de la fiscalía, que habían pedido la suspensión, y ha ordenado su ingreso en prisión.
Según consta en el auto, emitido este lunes, la decisión se fundamenta en que “no es suficiente” que la CNT haya abonado la responsabilidad civil y argumenta “falta de arrepentimiento” por parte de las condenadas. El fallo mantiene que las protestas impulsadas por las sindicalistas habrían causado el cierre del establecimiento y un “daño desproporcionado”.
La sentencia se remonta a hechos ocurridos en 2016, cuando la pareja de una trabajadora tuvo un altercado con el dueño de la pastelería La Suiza, tras lo cual la empleada dejó el trabajo y se puso en contacto con CNT.
Posteriormente, el sindicato impulsó una campaña pública contra el empresario, que incluyó concentraciones frente al local, reparto de pasquines y la publicación de un vídeo en redes sociales donde se le denunciaba por acoso sexual y laboral.
La sentencia, confirmada por la Audiencia Provincial de Asturias y el Tribunal Supremo en 2024, sostiene que estas acciones constituyeron un “hostigamiento” y habrían provocado el cierre del negocio.
Desde el sindicato CNT, su portavoz Alba García señala a infoLibre que “todo comenzó con una mujer que sufría distintos tipos de violencia machista y que lo único que quería es que se le pagaran las cantidades adeudadas”.
“Al nivel de Turquía”
La organización afirma que las protestas fueron pacíficas y contaron con presencia policial. Sobre el llamado al boicot, García defendió que el Constitucional lo ha reconocido como fin lícito. Por su parte, la Plataforma de Abogacía Defensa de la Acción Sindical considera que la resolución crea un precedente jurídico muy nocivo en relación con la libertad sindical, de expresión y de manifestación.
También denuncian que “se pone así al sistema jurídico español al nivel de Turquía”. Ya que, además de coartar las libertades políticas, condicionar una suspensión de condena exclusivamente a una manifestación de arrepentimiento verbal o ideológico puede constituir una vulneración del derecho al silencio y de principios básicos del Derecho Penal garantista.
Desde un punto de vista jurídico garantista, exigir expresamente arrepentimiento como condición para conceder beneficios penitenciarios o suspensiones de condena puede entrar en conflicto con derechos fundamentales, especialmente el derecho a no declarar contra uno mismo y a guardar silencio; protegidos, en teoría, tanto por la Constitución Española como por el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La concentración en apoyo a las condenadas está convocada para el 5 de junio en la Plaza del Ayuntamiento de Xixón, las 19:00.
