Los trabajadores que adelanten dos años su jubilación cobrarán un 20% menos de pensión, aun con 40 años cotizados
El Gobierno mantiene las penalizaciones para "garantizar la sostenibilidad del sistema público" al mismo tiempo que la Seguridad Social endurece los criterios buscando retrasar la edad efectiva de retiro.
En el Estado español, los trabajadores pueden acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta un máximo de 24 meses antes de la edad ordinaria de jubilación, que en 2025 se sitúa en 66 años y 8 meses para quienes no alcancen el periodo de cotización requerido para el 100%, o en 65 años para aquellos con al menos 38 años y 3 meses cotizados. Esta modalidad permite retirarse del mercado laboral de forma voluntaria, siempre que se cumplan ciertos requisitos establecidos por la Seguridad Social.
Para optar a esta jubilación anticipada voluntaria, es necesario haber cotizado un mínimo de 35 años efectivos, de los cuales al menos dos deben estar comprendidos en los 15 años inmediatamente anteriores a la solicitud. Además, la pensión resultante, tras aplicar los coeficientes reductores, debe superar la cuantía mínima establecida para una pensión de jubilación a los 65 años, "considerando la situación familiar" del solicitante.
El aspecto más relevante es la aplicación de coeficientes reductores sobre la cuantía de la pensión, que varían en función del número de meses de anticipación y del periodo total cotizado. Estos coeficientes se aplican mensualmente y son más elevados cuanto menor sea el historial de cotización y mayor el adelanto. Por ejemplo, para un adelanto de 24 meses (el máximo permitido en la modalidad voluntaria), la reducción puede alcanzar el 21% en casos con menos de 38 años y 6 meses cotizados. En cambio, para cotizaciones superiores a 44 años y 6 meses, la penalización máxima por el mismo adelanto se reduce al 13%.
La tabla de coeficientes reductores establece porcentajes específicos por tramos de cotización. Para periodos cotizados inferiores a 38 años y 6 meses, un adelanto de 24 meses implica una reducción del 21%; para tramos entre 38 años y 6 meses y 41 años y 6 meses, la penalización es del 19%; entre 41 años y 6 meses y 44 años y 6 meses, del 17%; y superior a 44 años y 6 meses, del 13%. Estas reducciones se aplican de forma progresiva por cada mes anticipado, con coeficientes mensuales que oscilan entre el 0,50% y valores más altos en los tramos inferiores.
Desde 2024, se aplica un régimen transitorio para pensiones teóricas superiores a la máxima establecida (3.267,60 euros mensuales en 2025), donde los coeficientes reductores se ajustan para no superar dicho límite, aunque la revalorización anual de las pensiones mitiga parte del impacto. Este ajuste busca equilibrar la sostenibilidad del sistema público de pensiones ante el aumento de la esperanza de vida y el retraso progresivo de la edad ordinaria de jubilación. Estos mecanismos forman parte de las reformas introducidas desde 2011 y reforzadas en 2021, destinadas supuestamente a "garantizar la viabilidad financiera del sistema".