El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha estimado el recurso de la defensa del policía local de Ceuta condenado el año pasado por matar a su esposa de un disparo en 2022. Ha ordenado la nulidad del juicio y su repetición íntegra con un nuevo jurado y otra magistrada. Según el fallo, al que ha tenido acceso Europa Press, el jurado popular "se limitó a enumerar las pruebas de forma genérica", "sin explicar qué elementos concretos le llevaron a dar por probado que el disparo fue intencionado".

El tribunal señala que, aunque el agente sacara su arma reglamentaria y disparara a su esposa, el jurado no justificó "por qué descartó otras versiones presentadas en el juicio", como que "el disparo pudo ser accidental durante una pelea" o que "hubiera podido intervenir la hija de la pareja". En su resolución, el TSJA afirma que "una mera lista de pruebas no sirve como motivación", porque "no permite saber cómo se formó la convicción de culpabilidad".

El tribunal también cuestiona la valoración sobre la "salud mental" del acusado. Durante el juicio declararon varios psiquiatras y psicólogos que coincidieron en que el acusado "tenía trastornos mentales previos", pero discreparon sobre el grado de afectación en el momento de los hechos. Además, el agente no estaba rebajado de armas, lo que podría resultar contradictorio con una presunta prueba de "transtornos mentales". El jurado rechazó que sus capacidades estuvieran afectadas, pero, según el TSJA, "lo hizo sin explicar por qué". Invirtiendo la carga de prueba, el tribunal considera que "ninguna pericial negaba tajantemente alguna afectación" y de hecho el TSJA cree que algunas "apuntaban a una posible anulación de la capacidad de actuar" del policía, que mantenía su arma reglamentaria.

El TSJA también reprocha a la jueza que presidió el juicio que no devolviera el veredicto al jurado para que lo aclarara, como permite la ley cuando la decisión no está suficientemente fundamentada. Al considerar que no existió una “motivación mínima”, el tribunal declara que se vulneró el “derecho a una tutela judicial efectiva” y ordena repetir el proceso. El caso vuelve ahora a la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta.