Despido nulo por reclamar horas extra: gasolinera asturiana condenada a readmitir al trabajador y pagarle 7.500 euros
El TSJA confirma que la empresa despidió a un empleado en Mieres como represalia por exigir que le pagaran cinco horas extraordinarias, vulnerando su derecho fundamental a la indemnidad.
Un trabajador de una estación de servicio de Mieres, con casi una década de antigüedad, ha conseguido que el juzgado declare nulo su despido tras demostrar que fue una represalia por reclamar el pago de horas extra, según la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) recogida por La Voz de Asturias, que confirma el fallo previo de un juzgado de lo Social. La empresa, que despidió al empleado en diciembre de 2024 acusándolo de "fraude y deslealtad", deberá ahora readmitirlo, abonarle todos los salarios dejados de percibir desde el despido y pagarle una indemnización adicional de 7.501 euros por la vulneración de sus derechos fundamentales. El portal especializado en derecho laboral Laboro ha denunciado en redes sociales que los titulares iniciales omiten precisamente que el despido fue declarado nulo, ocultando la gravedad de la represalia empresarial.
El conflicto laboral se originó el 16 de noviembre de 2024, cuando el trabajador, que no estaba de servicio, acudió a la gasolinera para ayudar a resolver un error de repostaje en un vehículo. Tras acompañar el coche a un taller y gestionar la reparación durante varias horas, el empleado reclamó posteriormente a la empresa que le pagaran cinco horas extraordinarias. En un mensaje a su responsable, el trabajador defendía su dedicación durante años: "En 10 años he pasado contadas veces horas extras… a pesar de hacer innumerables veces horas, poner dinero de mi bolsillo y mirar por la estación como si fuera mía". Días después de aquella reclamación, la empresa abrió un expediente disciplinario y lo despidió, imputándole faltas graves como "desobediencia, fraude, deslealtad y abuso de confianza".
Los tribunales han desmontado por completo la versión empresarial. La sentencia del TSJA considera probado que la actuación del empleado "únicamente puede considerarse como un favor prestado a la empresa, y no como un abuso de confianza". Los magistrados subrayan que la empresa inició el expediente disciplinario justo después de que el trabajador reclamara las horas extra, activando así la protección de la "garantía de indemnidad", un principio que impide represalias por el ejercicio de derechos laborales fundamentales. Incluso las prácticas de adelantar la hora de entrada, que la empresa usó como reproche, eran conocidas y toleradas desde hacía años.
La resolución judicial confirma que las reclamaciones internas también están protegidas por este derecho, ya que manifiestan "la disposición de los trabajadores a hacer uso, en defensa de sus derechos, de su derecho de acceso a los tribunales", por lo que la patronal no siempre puede salirse con la suya, especialmente si los trabajadores deciden dar la batalla. En este caso, la empresa no solo tendrá que readmitir al trabajador y pagarle todos los salarios atrasados, sino también la indemnización de 7.501 euros por daños morales, además de asumir todas las costas del proceso. Además, el caso evidencia cómo muchas empresas utilizan el despido como arma contra quienes se atreven a reclamar derechos básicos, confiando en que el coste y la lentitud de la justicia actúen como disuasión. Sin embargo, esta sentencia demuestra que, cuando hay trabajadores combativos que defienden sus intereses, la justicia en ocasiones puede reparar el daño parcialmente, aunque el trabajador haya tenido que recorrer un largo y tedioso camino para demostrar lo que ya sabía: que lo despidieron por atreverse a pedir lo que le correspondía.