En medio de la intensa campaña de criminalización iniciada por la Patronal respecto a las bajas médicas, los datos normativos de la Unión Europea demuestran que el Estado español es uno de los estados miembros que menos carga financiera impone a sus corporaciones por los procesos de Incapacidad Temporal. Mientras la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) exige un trasvase de costes hacia las arcas públicas, la legislación vigente evidencia que las compañías españolas disfrutan de una posición sumamente ventajosa frente a sus socios comunitarios, al tener que costear únicamente un máximo de 12 días de baja por enfermedad común antes de transferir la responsabilidad financiera íntegra al sistema público de la Seguridad Social.

Esta baja corresponsabilidad financiera no ha impedido que la Patronal mantenga una controvertida propuesta para que la Seguridad Social sufrague el 100% de los primeros 15 días de incapacidad temporal por contingencias comunes, además de reclamar la exoneración total de las cotizaciones en los procesos que superen el año de duración y en los contratos de sustitución. Sin embargo, el diseño del sistema español ya descarga rápidamente a las empresas de esta obligación, puesto que durante los tres primeros días de baja el trabajador no percibe remuneración alguna, entre el cuarto y el decimoquinto día la empresa asume el 60% de la base reguladora, y a partir de la decimosexta jornada el Estado absorbe por completo el abono de la prestación a través de los fondos públicos, protegiendo a las empresas mucho antes que en el resto de Europa.

Según la información laboral recopilada en el bloque europeo, las empresas en Bélgica están obligadas a cubrir el 100% del sueldo durante el primer mes completo de ausencia del empleado. En Alemania y Austria, las firmas tienen que redirigir las ganancias producidas por los trabajadores a la totalidad del salario de sus fondos durante seis semanas consecutivas, un plazo que en el caso austriaco puede prolongarse hasta las doce semanas de cobertura empresarial obligatoria. El contraste más severo se da en Países Bajos, donde el marco legal obliga a los empresarios a devolver una pequeña parte de lo producido por el empleado pagando hasta dos años enteros de incapacidad temporal, equivalente al 70% de la retribución salarial del afectado.