Un agente de la Policía Municipal de Iruñea (Nafarroa) ha sido condenado por la Sección de Instrucción número 1 del Tribunal de Instancia de la capital navarra tras haber reconocido que se apoderó de un coche patrulla oficial fuera de su horario laboral, condujo ebrio por las calles de la ciudad y transportó a cuatro menores de edad sin los sistemas de retención infantil obligatorios. Los hechos juzgados ocurrieron en Iruñea la tarde del pasado 6 de julio, coincidiendo con la celebración del Chupinazo que dio inicio a las fiestas de San Fermín. La sentencia impone al funcionario dos multas que suman apenas 2.880 euros, 1.440 euros por un delito contra la seguridad vial y otros 1.440 euros por un delito de hurto de uso de vehículo policial, además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor durante el periodo de un año.

Según recoge el relato de hechos probados conformidad mediante en la resolución judicial, el policía acudió a las dependencias policiales sin estar de servicio, tomó las llaves de un vehículo rotulado de la flota municipal y abandonó el estacionamiento en dirección a la Cuesta de la Reina. Tras efectuar un breve recorrido por la zona urbana, el agente regresó a las instalaciones del cuerpo y, al realizar las maniobras de aparcamiento, golpeó una columna del garaje con la parte trasera de la patrulla. El texto judicial subraya que el acusado realizó dicha conducción “tras haber ingerido sustancias alcohólicas en cantidad suficiente como para quedar totalmente incapacitado para el manejo del vehículo, generando con ello un grave riesgo para la seguridad de la circulación”.

La investigación y la resolución judicial detallan, a su vez, que en el interior de la patrulla viajaban cuatro menores de edad sin ningún tipo de dispositivo de seguridad o cinturón adaptado, hallándose uno de ellos, de muy corta edad, sentado directamente sobre las piernas del propio conductor. El control arrojó un resultado de 0,79 miligramos de alcohol por litro en la primera medición y de 0,74 miligramos en la segunda prueba practicada media hora después, triplicando holgadamente la tasa máxima permitida por la normativa de tráfico.

Los compañeros que intervinieron en el arresto constataron en el expediente que “la merma de facultades del agente era patente, registrando síntomas sintomáticos de intoxicación etílica como halitosis notoria a distancia, ojos brillantes y un habla pastosa y repetitiva”. Al manifestar su conformidad con la acusación formulada por el Ministerio Fiscal durante la vista en el juzgado pamplonés, el acusado se acogió a una reducción de un tercio en las penas inicialmente solicitadas. De este modo, la petición del fiscal, que ascendía a nueve meses de multa por cada uno de los dos delitos y a 18 meses de retirada del permiso de conducción, quedó rebajada definitivamente a seis meses de multa por delito y a un año de inhabilitación para conducir.