El Tribunal Supremo desestimó una demanda de conflicto colectivo presentada por UGT contra las bases de unas oposiciones en Euskotren, confirmando la validez jurídica de la doctrina de los "actos propios". La sentencia establece que la pretensión del sindicato de anular la obligatoriedad del nivel B2 de euskera resulta inviable por ser "frontalmente contraria" a la postura que la propia organización ha sostenido durante años. Según detalla el portal jurídico Laboro, UGT había firmado previamente un convenio colectivo y un "plan de euskera" con la dirección de la empresa donde se blindaba esta exigencia para los puestos en contacto con el público.

La resolución judicial, que recuerda la obligación de este requisito es conforme a lo previsto en el propio convenio colectivo porque se trata de desempeñar puestos de trabajo en contacto con el público, pone de manifiesto una práctica de contradicción en la acción del sindicato. Según Laboro, UGT suele presentar demandas contra medidas empresariales que luego acepta en acuerdos colectivos a cambio de "liberados, locales y/o cualquier otro tipo de beneficio directo". En este caso concreto, UGT solicitaba que el título de euskera fuera un mérito y no un requisito obligatorio, a pesar de que en oposiciones anteriores en la misma entidad había exigido judicialmente lo contrario. El Supremo ratifica así que una parte no puede desconocer situaciones jurídicas creadas por sus propios actos anteriores.

El fallo del alto tribunal señala además una grave carencia de rigor profesional en el aparato jurídico del sindicato, calificando el recurso de casación como un "defecto insubsanable de técnica jurídica". La sentencia es contundente al afirmar que UGT no expuso "el menor alegato dirigido a sostener que incurra en infracción de normas" ni desarrolló un "razonamiento jurídico alguno" que permitiera identificar las razones de la supuesta ilegalidad. Esta falta de pericia técnica impidió que el tribunal analizara el fondo de las normas legales, ya que la demanda "no combate los hechos probados" ni aporta elementos de juicio para extraer consecuencias distintas.

Este fracaso judicial de UGT se produce en el marco de unas oposiciones de estabilización pactadas con un comité intercentros donde la central sindical apenas cuenta con un representante de doce miembros. Según denuncia Laboro, la estrategia del sindicato pasaría por impugnar procesos cuando "no puede entrar quien UGT quiera que entre", asumiendo unos costes procesales que no recaen sobre sus dirigentes, sino que se sufragan con "subvenciones y afiliaciones".

La sentencia ofrece sospechas sobre prácticas corporativistas de estas estructuras sindicales en la gestión de las empresas públicas. Tanto UGT como CCOO han sido señalados a menudo por priorizar intereses particulares de aparatos y sectores sociales que aspiran a cargos públicos sin cumplir con las bases de las convocatorias de empleo público, a menudo incluso en abierta contradicción con los derechos lingüísticos pactados por estos mismos sindicatos, como en este caso.

La doctrina confirmada por el Supremo tiene implicaciones directas, ya que impide que las burocracias sindicales utilicen la vía judicial para "desdecirse" de recortes o condiciones laborales previamente pactadas. Laboro denuncia que mientras los dirigentes de estas organizaciones perciben salarios que "superan los 40.000 euros" y firman convenios con remuneraciones mínimas, los juzgados se ven obligados a bloquear sus intentos de judicializar procesos de acceso al empleo público.

Contra los perfiles lingüísticos del euskera en el sector público

No es la primera vez que los sindicatos mayoritarios son señalados por prácticas corporativistas en materia de perfiles lingüísticos en la administración pública de la Comunidad Autónoma Vasca. El conflicto se enmarca en una estrategia de ofensiva jurídica con indicios de organización contra la normalización del euskera en la administración pública vasca. Una investigación del semanario Argia vinculó directamente a sectores de CCOO y a la asociación Euskara Denontzat con la impugnación de convocatorias de empleo, como ocurrió en el ayuntamiento de Errenteria (Gipuzkoa), donde se utilizaron plataformas como Unidas por la Libertad Lingüística para anular procesos que estabilizaban a 25 trabajadores. Estas maniobras, que a menudo se presentan como defensas de la "libertad", responderían una estructura coordinada donde miembros de grandes sindicatos estatales, asociaciones satélite actuarían judicialmente contra los perfiles lingüísticos que ellos mismos pactan en ocasiones en las mesas de negociación, con el objetivo de facilitar el acceso a puestos públicos.