Una sentencia judicial firme dictada por los tribunales de Mallorca ha condenado a un agente de la Policía Nacional, que se encontraba fuera de servicio y vestido de paisano, por la agresión violenta cometida contra un ciudadano en la puerta de su propio domicilio. Los hechos enjuiciados se remontan a la tarde de un día de mayo de 2024, cuando una disputa de tráfico menor derivó en una persecución por carretera y un posterior asalto físico. El fallo determina que el agente acusado actuó con la intención directa de agredir a la víctima, quien sufrió lesiones de gravedad que lo mantuvieron incapacitado durante casi medio año.

De acuerdo con el relato de hechos probados contenido en la resolución judicial, el incidente comenzó en una carretera secundaria de una localidad mallorquina, en las inmediaciones de un cementerio local, donde el conductor afectado sufrió el pinchazo de un neumático. Ante la imposibilidad de reparar la avería en el lugar y con el fin de no dañar más el vehículo, el automovilista optó por reanudar la marcha a velocidad muy reducida con destino a su residencia particular. Fue en ese trayecto cuando el agente procesado comenzó a increparlo de forma insistente y a exigirle que detuviera el automóvil. El texto de la sentencia recalca de manera expresa que en ningún momento de la interacción constó acreditado que el funcionario se identificara formalmente como miembro de la Policía.

Lejos de desistir, el policía realizó un seguimiento del vehículo hasta las puertas de la vivienda de su propietario. Una vez allí, y tras sostener una acalorada discusión verbal, el agresor efectuó una maniobra de control físico sobre el conductor y lo lanzó con violencia contra el suelo. El parte médico y los informes periciales reflejaron consecuencias de consideración para el perjudicado, quien ingresó con una luxación abierta de codo, heridas diversas y una fractura ósea. El proceso de curación conllevó intervenciones quirúrgicas, tratamientos farmacológicos y una prolongada fase de rehabilitación que se extendió durante un total de 173 días, dejándole al afectado limitaciones de movilidad crónicas en la articulación.

A pesar de la gravedad intrínseca del ataque y del cuadro lesivo resultante, el procedimiento penal concluyó mediante un acuerdo de conformidad entre las partes tras el reconocimiento explícito de los hechos por parte del policía procesado. Al asumir la autoría del delito ante la Fiscalía y la acusación particular, y tras haber consignado previamente el pago de la correspondiente responsabilidad civil para resarcir al afectado, la Justicia aplicó el atenuante de reparación del daño. En consecuencia, la pena definitiva quedó fijada en seis meses de multa con una cuota diaria de cinco euros.