Aldama no tendrá que devolver los 3,7 millones en comisiones
La resolución extingue la responsabilidad civil del empresario, que eludirá la prisión y deberá pagar únicamente 340.000 euros, al acordar que “no volverá a delinquir” y considerarse “obvia” la urgencia de las licitaciones en pandemia.
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia unánime en Madrid que resuelve el conocido penalmente como “caso Koldo”, imponiendo penas de prisión para los principales responsables políticos de la trama pero eximiendo al empresario Víctor de Aldama de abonar la multa de 3,7 millones de euros que solicitaba la Fiscalía Anticorrupción. El alto tribunal ha condenado al exministro de Transportes y ex secretario de Organización del PSOE, José Luis Ábalos, a 24 años y tres meses de cárcel, mientras que para su antiguo asesor, Koldo García, la pena se ha fijado en 19 años y de ocho meses de prisión. Por su parte, Aldama ha sido condenado a cuatro años y medio de cárcel por los delitos de organización criminal y cohecho, aunque no ingresará en prisión debido a que los magistrados han suspendido la ejecución de la pena gracias a su confesión y su “colaboración en el esclarecimiento de los hechos”, sustituyéndola por la obligación de realizar trabajos en beneficio de la comunidad y la condición de “no volver a delinquir”.
La resolución judicial detalla que, en el contexto de la crisis sanitaria, los tres acusados actuaron de mutuo acuerdo y de forma coordinada utilizando su ascendencia en el Ministerio de Transportes para lograr que la empresa Soluciones de Gestión, mercantil vinculada a Aldama, resultara adjudicataria de dos contratos públicos. El relato de los hechos probados por el tribunal sitúa el inicio de las operaciones el 20 de marzo de 2020, fecha en la que Ábalos firmó una orden ministerial que disponía la adquisición de ocho millones de mascarillas con la finalidad preconcebida de beneficiar a la citada empresa.
Apenas un día después, el 21 de marzo, la presidencia del ente público Puertos del Estado adjudicó formalmente el contrato a la firma de la trama por un importe total de 20 millones de euros, fijando el precio de cada unidad en 2,5 euros. Pocos días más tarde, se concretó una segunda compra centralizada a través del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) para el suministro de otros cinco millones de mascarillas por un valor de 12,5 millones de euros.
A pesar de que el Ministerio Público y las acusaciones particulares cifraron la comisión de Aldama en 3,7 millones de euros por estos dos contratos, canalizados a través de las sociedades MTM 180 y Deluxe Fortune, el Tribunal Supremo ha rechazado imponerle la multa equivalente al total de lo defraudado. Los magistrados han absuelto al empresario del delito de aprovechamiento de información privilegiada al argumentar que, “dada la gravedad de la situación pandémica, la urgencia y la inminencia de las licitaciones de material sanitario resultaban obvias para cualquier operador”.
En consecuencia, la sentencia exime a Aldama de cualquier responsabilidad civil y limita la sanción económica a un decomiso de 430.298 euros junto a Ábalos y García, correspondiente de forma estricta a las ganancias ilícitas derivadas del cohecho, de los que Aldama pagará 340.000 euros. El propio tribunal advierte en su escrito que los beneficios globales del comisionista ascendieron en realidad a 6,6 millones de euros al incluir los suministros al Ministerio del Interior y los negocios con los servicios de salud de Canarias e Illes Balears, cuyas ramificaciones se siguen investigando de forma independiente en la Audiencia Nacional.