El Tribunal de Sintra, en Portugal, dictó este lunes una sentencia de tres años y seis meses de prisión, bajo el régimen de pena en suspenso, contra el agente de la policía portuguesa Bruno Pinto, responsable de la muerte a tiros del ciudadano de origen caboverdiano Odair Moniz. Este suceso, ocurrido en Lisboa en el año 2024, desencadenó en su momento una intensa ola de protestas en el país luso para denunciar el racismo y los asesinatos policiales. La resolución judicial ha generado un profundo cuestionamiento debido a que el dictamen exime al uniformado de cumplir la condena en la cárcel, a pesar de que los magistrados desmontaron de forma categórica la versión principal ofrecida por el acusado para tratar de justificar el uso de la fuerza letal.

Durante el proceso judicial, la prensa portuguesa ha hecho eco de las conclusiones del tribunal, el cual desacreditó formalmente la declaración de Pinto respecto a que Moniz “portaba un arma blanca en el momento del incidente”. La sentencia especifica de manera contundente que la víctima se encontraba completamente desarmada y subraya que “nadie vio ninguna hoja o navaja en el momento en el que ocurrieron los disparos”, desmintiendo asimismo que el fallecido se hubiera llevado la mano a la cintura con la intención de sacar un arma. De este modo, los jueces validaron la mayor parte de la acusación planteada por la Fiscalía y calificaron de “censurables” los disparos ejecutados a muy corta distancia, determinando que el testimonio del oficial fue “sincero” únicamente en los apartados ajenos a la supuesta existencia de la navaja.

Aún así, el tribunal justificó la aplicación de la pena en suspenso al considerar probado que “existieron agresiones físicas previas por parte de la víctima hacia los funcionarios policiales involucrados”. Bajo este argumento, el fallo concluyó que el policía “actuó en legítima defensa”, aunque incurriendo en un “evidente exceso de medios”. Por otra parte, respecto a la solicitud de la Fiscalía para inhabilitar temporalmente al agente de sus funciones, la corte se declaró no competente en la materia, dejando la resolución final en manos de la propia corporación policial.

Imagen de archivo de Odair Moniz. Foto: sicnoticias.pt
Imagen de archivo de Odair Moniz. Foto: sicnoticias.pt

En el plano de la responsabilidad civil, la condena impuesta incluye una indemnización económica de apenas 50.000 euros para cada uno de los dos herederos legales de Odair Moniz, además del pago de una cuantía mensual de tan solo 250 euros destinada al hijo menor de la víctima. Tras notificarse el veredicto, el abogado defensor del policía, Ricardo Serrano, manifestó a los medios de comunicación que se encuentran evaluando la posibilidad de interponer un recurso de apelación, puesto que la estrategia de la defensa aspiraba a obtener la absolución total de su representado mediante la aplicación del principio jurídico de legítima defensa putativa.