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La Audiencia de Tenerife condena a un policía nacional por agredir sexualmente a una menor

Pena mínima al agente por abusar de la hija de su expareja durante siete años, mientras la Dirección General de la Policía oculta si ha aplicado medidas disciplinarias contra el agresor, que sigue destinado en Melilla.

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Foto: @policia (X)
Foto: @policia (X)

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife ha condenado a cinco años de prisión al agente de la Policía Nacional J.M.G.M. por un delito de agresión sexual continuada a una menor, hija de su antigua pareja. Según recoge la sentencia dictada por la magistrada ponente María Teresa Hernández recogida por elDiario.es, el agente abusó reiteradamente de la víctima entre los años 2013 y 2020, desde que la niña tenía 7 años hasta que cumplió los 14. Además de la pena privativa de libertad, la resolución impone al policía agresor cinco años de “libertad vigilada” tras la salida de prisión, la inhabilitación especial para trabajar con menores solo durante el mismo periodo, la prohibición de comunicarse o acercarse a menos de 500 metros de la víctima y el pago de una indemnización de 50.000 euros en concepto de daños morales.

La Dirección General de la Policía no ha respondido a las tres consultas formales planteadas por el periódico elDiario.es para aclarar si ha abierto algún expediente disciplinario o procedimiento de expulsión contra el agente. Según confirmó la letrada de la acusación particular, Ángeles Padilla, no consta que la institución armada haya apartado cautelarmente del cuerpo al condenado ni que lo haya suspendido de empleo y sueldo. En la actualidad, el agente continúa destinado en Melilla.

La resolución judicial señala que las agresiones comenzaron en Madrid —donde J.M.G.M. ejerció como escolta en la sede del Tribunal Supremo— y continuaron en Tenerife a partir del año 2015. El condenado aprovechaba las horas de la tarde, cuando la madre trabajaba, para forzar a la menor a realizar tocamientos. La Audiencia reconoce el testimonio de la víctima como “aplastante” y destaca que la menor reveló los hechos de forma espontánea a su madre en noviembre de 2020, redactando posteriormente en enero de 2021 un escrito detallado que aportó al proceso judicial.

“Juegos”

El tribunal fundamenta la condena en la coherencia de la declaración de la víctima y en la existencia de elementos periféricos de corroboración, entre los que sitúa los testimonios de la madre y la hermana mayor, así como el propio relato del acusado. La sentencia califica de “sorprendente” la estrategia de defensa de J.M.G.M., quien en las declaraciones judiciales y en un correo electrónico enviado a su expareja justificó sus actos como simples “juegos”, admitiendo que se acostaba sin ropa con la niña y que realizó tocamientos. La Sala concluye que estas manifestaciones constituyen una explicación justificativa típica de agresor sexual intrafamiliar e identifican patrones de normalización de la desnudez, desplazamiento de la culpa, idealización de la relación con la víctima y autovictimización.

A pesar de que tanto la Fiscalía como la acusación particular solicitaban una pena de diez años de prisión para el funcionario policial, los magistrados de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife consideraron establecer la condena en el límite mínimo de cinco años de cárcel. La resolución judicial, que no es firme, ya ha sido recurrida por las partes.