Condena de 561.000 euros a la empresa Atefrisa por la muerte de un trabajador expuesto al amianto
Indemnización para la familia de un calderero fallecido por cáncer pleural tras años de desprotección y falta de medidas de seguridad en la empresa, que vulneró incluso la legislación franquista.
El Juzgado de lo Social número 1 de Bilbo ha condenado a la empresa Aislamientos Térmicos y Frigoríficos SA (ATEFRISA) a abonar un total de 561.319,1 euros a la viuda y los tres hijos de Pedro Isidoro C.G., trabajador que falleció a los 69 años víctima de un mesotelioma pleural. La sentencia, difundida por la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi (ASVIAMIE), establece que la enfermedad profesional fue consecuencia directa del incumplimiento sistemático de la normativa de seguridad por parte de la entidad empleadora durante los años en los que el operario desempeñó tareas de calorifugado.
Pedro Isidoro C.G. trabajó para ATEFRISA entre 1973 y 1985 como calderero, realizando labores de aislamiento en la planta de Michelin en Valladolid (Castilla y León) y en las centrales térmicas de Sabón y Meirama. Según consta en el proceso judicial y recoge la nota de prensa de ASVIAMIE, el trabajador forraba tuberías con amianto y utilizaba aire comprimido para la limpieza, lo que liberaba fibras cancerígenas al ambiente. Durante ese periodo, la empresa no facilitó mascarillas, no informó sobre el riesgo de cáncer, no realizó reconocimientos médicos específicos ni proporcionó sistemas para el lavado de la ropa de trabajo, que el operario debía llevar a su domicilio.
La resolución judicial desestimó los argumentos de ATEFRISA, que intentó eludir su responsabilidad atribuyendo el cáncer al "consumo de tabaco y alcohol", y negando la exposición al mineral en las instalaciones de Michelin. El tribunal subraya que la empresa vulneró incluso la legislación franquista, como el Reglamento de Seguridad e Higiene de 1940, el Decreto de 1947 sobre asbestosis o la Ordenanza de 1971. El fallo recalca la obligación empresarial de proteger la integridad física de la plantilla y considera que los testimonios de los compañeros de trabajo confirmaron con rigor las condiciones de insalubridad sufridas.
La indemnización se divide en dos conceptos compatibles: 368.497,49 euros para los herederos por los daños derivados de la incapacidad absoluta que Pedro reclamó antes de morir, y el resto para la viuda y los hijos por el daño moral y material causado por el fallecimiento. Mientras que otras empresas como Termiglas o Michelin resultaron absueltas por falta de pruebas de exposición en sus periodos específicos, ATEFRISA deberá cargar con el total de la cuantía y las costas procesales. ASVIAMIE ha recordado que esta entidad ya acumula condenas previas por hechos similares, señalando que "jugar con la salud de los trabajadores no puede quedar impune ante tanta muerte".
Desde la Asociación de Víctimas del Amianto de Euskadi exigen a las empresas adopten inmediatamente medidas preventivas rigurosas frente a sustancias cancerígenas en los centros de trabajo. El colectivo advierte que, de no priorizar la salud de la clase trabajadora, las indemnizaciones por daños y los recargos por falta de medidas de seguridad "serán mucho más costosas" para los intereses económicos de las compañías. La sentencia incide en que no existe enriquecimiento injusto por parte de la familia, sino una compensación necesaria ante la pérdida de una vida por negligencia patronal.
CONDENAN a ATEFRISA a PAGAR 561.319,09€ a la VIUDA e HIJOS del CALDERERO fallecido por CANCER, por INCUMPLIR las MEDIDAS de SEGURIDAD del AMIANTO y CAUSA de la grave ENFERMEDAD Y MUERTE.
— juanjo.basterra (@jotabe1963) April 13, 2026
Vídeo de la concentración ante el Juzgado el día del juicio. pic.twitter.com/EIdgif17D0