El calor extremo eleva la siniestralidad laboral más de un 17%
Informes estiman que las temperaturas extremas provocan al menos el 4% de las muertes laborales, mientras sindicatos y expertos denuncian la ocultación de muertes bajo diagnósticos de ‘causas naturales’.
Durante la última ola de calor, aún palpable, al menos dos trabajadores han “muerto” directamente por razones vinculadas al calor, según los datos oficiales. Un trabajador migrante de 48 años falleció tras desvanecerse en plena calle mientras trabajaba expuesto a temperaturas cercanas a los 43°C en Sevilla. Poco después, un temporero de 64 años murió mientras trabajaba en Seròs, Lleida.
Las muertes de trabajadores directamente atribuidas a las altas temperaturas en el Estado español presentan un problema de infradiagnóstico significativo que distorsiona el impacto real del cambio climático en el entorno laboral. Según los registros oficiales del Ministerio de Trabajo y Economía Social, recopilados a través del Sistema de Notificación de Accidentes de Trabajo (DELTA), las estadísticas gubernamentales recogen muy pocos casos históricos por esta causa. Sin embargo, sindicatos como UGT y CC.OO., junto a diversas investigaciones periodísticas publicadas por medios como El País y análisis de expertos en prevención, señalan que una gran cantidad de fallecimientos provocados por infartos, derrames cerebrales o caídas agravadas por el estrés térmico no se inscriben legalmente como contingencias relacionadas con temperaturas extremas.
Destacan de manera recurrente que las cifras de la administración “no recogen lo que está pasando”, debido a que la mayoría de las autopsias y partes de defunción atribuyen el deceso a “causas naturales de origen cardiovascular”, omitiendo el calor extremo como el factor desencadenante fundamental.
Los datos consolidados en los últimos cinco años reflejan con claridad esta desconexión entre la siniestralidad oficial y la realidad del tejido productivo. De acuerdo con los informes de la consultora de prevención Novages, el registro oficial del Estado computó apenas 9 fallecimientos por golpes de calor en el periodo acumulado de los últimos cinco años. En el desglose anual, las estadísticas del Ministerio de Trabajo reflejaron 3 fallecimientos por calor e insolación durante el año 2023, mientras que en todo el año 2024 no se notificó oficialmente ninguna muerte por esta causa específica.
Esta ausencia de registros institucionales contrasta con el seguimiento de la prensa y las mutuas colaboradoras, que documentaron al menos 3 muertes directas durante la campaña estival de 2024. Frente a la escasez de fallecimientos reconocidos por la administración, el volumen de accidentes laborales con baja médica debido a insolaciones y golpes de calor evidencia la magnitud del problema, sumando 619 bajas en los últimos cinco años, de las cuales 199 ocurrieron en 2023 (lo que supuso un incremento de entre el 24% y el 27% respecto al año anterior) junto a otras 105 bajas adscritas genéricamente a temperaturas extremas, mientras que el verano de 2024 cerró con un balance de 222 bajas médicas por esta misma sintomatología.
¿Qué dice la ley?
El impacto del factor climático en la seguridad laboral va mucho más allá de las patologías directas por insolación. Los estudios históricos elaborados por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) correspondientes al periodo 2020-2022 demuestran que, durante la declaración de olas de calor por parte de la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET), la siniestralidad laboral general en el Estado aumenta entre un 17% y un 17,4%. Las directrices del propio INSST tipifican que el calor extremo “reduce de forma drástica la capacidad de concentración, altera la coordinación motriz y eleva los niveles de fatiga de los operarios, operando como un multiplicador de riesgos indirectos que provoca al menos el 4% de todos los accidentes mortales en el país y eleva el riesgo de sufrir cualquier tipo de percance laboral hasta en un 9%”.
Esta realidad afecta de manera desproporcionada a sectores que desarrollan su actividad al aire libre o en entornos no climatizados, destacando la construcción, la agricultura, la jardinería, la limpieza viaria y la recogida de residuos urbanos, donde desempeñan sus funciones los colectivos de mayor vulnerabilidad como los trabajadores de edad avanzada, empleados con patologías crónicas previas y trabajadores inmigrantes en situación de precariedad laboral extrema.
Desde la aprobación del Real Decreto-ley 4/2023, las empresas están “legalmente obligadas a realizar evaluaciones de riesgos específicas por calor, adaptar los horarios de las jornadas, garantizar el suministro de agua y espacios de sombra, así como interrumpir de forma total las actividades pesadas cuando la AEMET emita alertas de nivel naranja o rojo en las zonas afectadas”. A pesar de los avances formales, los sindicatos insisten en que la falta de inspectores y el incumplimiento empresarial en sectores subcontratados cronifican el subregistro de la siniestralidad térmica.