La Sección Octava de la Audiencia de Málaga ha condenado en sentencia firme a una pareja por someter a trabajadores extranjeros en situación irregular a condiciones de semiesclavitud e infrahumanas. Los hechos, que se desarrollaron entre los años 2022 y 2023 en distintos puntos de la provincia de Málaga, se cometieron mediante la utilización de empresas con actividad real propiedad de los acusados, así como a través de una asociación presuntamente dirigida a la ayuda de inmigrantes. La resolución judicial es ya firme y no admite recurso debido al acuerdo de conformidad alcanzado entre los procesados y la Fiscalía de Málaga.

Según consta en el relato de los hechos probados de la sentencia, los condenados facilitaban a los afectados las identidades de otros trabajadores extranjeros que sí se encontraban en situación legal. Los procesados implantaron de este modo unas condiciones laborales draconianas, aprovechándose de la vulnerabilidad de estas personas debido a su situación administrativa irregular y bajo la falsa promesa de tramitarles los papeles para residir legalmente en el país, una regularización que nunca llegó a materializarse.

El tribunal subraya el abuso sistemático al que eran sometidas las víctimas, quienes carecían de contrato de trabajo y de alta en la Seguridad Social. La resolución judicial describe escenarios de explotación extrema en los que los empleados debían cumplir turnos de 24 horas consecutivas, sin derecho a días de descanso ni a vacaciones. A modo de ejemplo, la sentencia detalla el caso de un trabajador que desempeñaba funciones como vigilante de obra en diversas localidades malagueñas en condiciones de semiesclavitud; a cambio de un salario de 800 euros al mes, el empleado se veía obligado a permanecer de manera ininterrumpida en el recinto, donde comía, pernoctaba y dormía sobre unos cartones sin posibilidad de abandonar el lugar.

Para evitar ser descubiertos por la Inspección de Trabajo, los acusados advertían a las víctimas de que, en caso de recibir una visita de control, debían manifestar a los inspectores que únicamente se encontraban en el lugar visitando a un amigo. Asimismo, la Sala considera probado que la pareja alquiló una vivienda donde constaban empadronadas hasta quince personas y en la cual realquilaban habitaciones a varios de sus propios empleados, quienes vivían en un régimen de absoluto hacinamiento.

Por estos hechos, el tribunal ha impuesto al hombre una pena de cuatro años y nueve meses de prisión como autor de delitos continuados contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, contra los derechos de los trabajadores en su modalidad de imposición de condiciones laborales abusivas, y por falsificación en documentos mercantiles y oficiales. Por su parte, la mujer ha sido condenada a una pena de 21 meses de cárcel por un delito continuado contra los derechos de los trabajadores, dándose por concluido el proceso judicial tras la conformidad de ambas partes.