La Audiencia Provincial de Madrid ha acordado suspender la ejecución de la última pena privativa de libertad impuesta a Francisco Nicolás Gómez Iglesias, conocido como “El Pequeño Nicolás”, determinando de este modo que el joven no ingresará en un centro penitenciario. A través de un auto judicial al que ha tenido acceso el diario El País, el tribunal ha concedido este beneficio legal en la causa relativa a una trama ilegal diseñada para obtener de forma ilícita información confidencial alojada en las bases de datos de la Policía Nacional.

Los magistrados han supeditado la suspensión del ingreso en prisión a la condición de que el condenado “no vuelva a cometer ningún hecho delictivo durante un periodo de cuatro años” y que “asuma de manera obligatoria el abono de una sanción económica fijada en seis euros diarios durante un plazo de diez meses, lo que representa una cuantía total de 1.800 euros”.

Esta resolución de la Audiencia Provincial se fundamenta en la decisión previa adoptada por la Sala Penal del Tribunal Supremo el pasado 26 de marzo, cuando el alto tribunal estimó parcialmente el recurso de la defensa y redujo sensiblemente la condena inicial de cuatro años y tres meses de cárcel que pesaba sobre Gómez Iglesias. En dicha resolución, el Supremo aplicó un atenuante reclamado por los abogados defensores y desglosó el castigo en dos penas menores: una de siete meses y quince días de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos por inducción, y otra de un año y seis meses de prisión por un delito de cohecho activo.

Al constatar que ninguna de las dos penas de forma de manera individual superaba el límite de los dos años de reclusión, la legislación penal habilitaba jurídicamente la posibilidad de suspender el encarcelamiento de forma efectiva, una potestad que finalmente ha decidido ejecutar la sección penal correspondiente de la Audiencia madrileña.

Cuatro condenas, ninguna consecuencia

Respecto a sus antecedentes penales y las anteriores condenas por falsedad en documento público sufridas en los años 2021 y 2022, el tribunal señala de forma explícita que Francisco Nicolás seguía “un mismo patrón criminógeno y marco espacio temporal”. Los magistrados puntualizan en el escrito que “se trató de conductas delictivas concentradas en un mismo periodo de su trayectoria vital, sin que conste que haya vuelto a delinquir con posterioridad a dichos eventos”. De este modo, la Audiencia sostiene que “no se le puede catalogar bajo la condición de reo habitual” y concluye que el ingreso efectivo en una institución penitenciaria “no es necesario para evitar nuevos delitos dado el tiempo transcurrido,” apuntando además que la suspensión de las mismas “facilita el efecto resocializador”.

A lo largo de su historial en los tribunales, Francisco Nicolás Gómez Iglesias ha sido condenado a penas de prisión en un total de cuatro procedimientos diferentes, sumando de forma acumulada un total de más de doce años de cárcel, de los cuales no ha llegado a cumplir condena efectiva debido a las sucesivas rebajas de penas, absoluciones o suspensiones de los tribunales. Con anterioridad a esta última causa de los secretos policiales fechada originalmente en marzo de 2023, la Audiencia de Madrid ya le había impuesto una pena de un año y miéve meses de cárcel por falsificar su Documento Nacional de Identidad para conseguir que un amigo realizara las pruebas de Selectividad en su nombre.

Asimismo, el joven arrastraba otra condena de tres años de reclusión por suplantar la identidad de un emisario oficial de la Casa Real y de la exvicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, durante un viaje a la localidad gallega de Ribadeo, así como una pena añadida de tres años y cinco meses de prisión por simular ser un enviado del Centro Nacional de Inteligencia ante un empresario de la capital.