Cómo matar una huelga: manual de instrucciones
El Estado español y la patronal emplean su aparato represivo para desarticular la lucha y la organización obrera a base de multas, condenas, listas negras, infiltraciones policiales y criminalización mediática.
Las sindicalistas asturianas conocidas como las “Seis de la Suiza” entraron en prisión en julio de 2025, marcando un punto de inflexión en la percepción de la ya de por sí mermada situación de los derechos políticos y sindicales en el Estado español. Condenadas por el Tribunal Supremo a tres años y medio de cárcel por “delitos de coacciones y obstrucción a la justicia” en una campaña en apoyo a una trabajadora de una pastelería en Xixón (Asturies). La huelga y la protesta son, en teoría, derechos constitucionales, pero ejercerlos choca de frente con férreos límites penales, administrativos y corporativos. Esta represión eleva considerablemente el coste de organizarse en los puestos de trabajo y busca desarticular comités de huelga mediante el chantaje legal, aterrorizando a los trabajadores organizados.
Aunque el antiguo artículo 315.3 del Código Penal, que castigaba específicamente las “coacciones” en el contexto de huelga, fue derogado, los delitos genéricos han ocupado su espacio con rapidez. La reforma penal de 2022 sobre desórdenes públicos, impulsada por el Gobierno del PSOE, agravó las penas por bloqueos de vías o la entrada no autorizada en instalaciones, siendo aplicada rápidamente a las movilizaciones laborales. Aquí van algunos ejemplos recientes.
En febrero de 2024, cuatro delegados sindicales de la planta de Acerinox en Los Barrios (Cádiz) fueron imputados por un “delito contra la seguridad vial” durante los cortes de carretera de su huelga. De igual forma, en las recientes protestas del metal en Cartagena (Región de Murcia), dos delegados sindicales fueron detenidos en el segundo día de lucha. Cabe hacer una precisión metodológica y es que, jurídicamente, el Estado siempre formaliza estas condenas bajo la categoría de “delitos comunes”, algo habitual en todos los ordenamientos jurídicos frente a la disidencia, aunque la naturaleza política de las condenas es más que evidente.
La secuencia de esta maquinaria punitiva suele ser predecible: los trabajadores organizan una huelga, forman piquetes, la Policía despliega sus unidades, practica detenciones e imputa a los huelguistas con fianzas altísimas. La lucha del metal de Cádiz (Andalucía) lo ejemplificó a la perfección. En septiembre del año pasado, un nuevo goteo de arrestos por “disturbios” elevó la cifra de represaliados en la “Operación Fuego” ordenada por el Ministerio del Interior del Gobierno español. ElDiario.es documentó inicialmente 23 detenidos en el momento de la desconvocatoria original, pero las organizaciones sobre el terreno elevaron posteriormente la cifra a 25.
Más recientemente, se han registrado numerosas cargas policiales, como las denunciadas durante la huelga educativa madrileña en la UCM, donde las acusaciones de “atentado a la autoridad” se basan en atestados policiales que, según informes jurídicos, poco tienen que ver con los hechos reales. En la misma huelga educativa se ha saldado con detenciones y agresiones policiales a estudiantes y trabajadores de la enseñanza pública. A un nivel más general, solo en 2025 se registraron 324 personas detenidas en protestas.
Asfixia económica y listas negras
Más allá de las cárceles, la asfixia económica y laboral tiene un enorme poder disuasorio. Los expedientes sancionadores, los despidos disciplinarios y las multas por “alteración del orden público” golpean directamente la superviviencia económica de aquellos trabajadores que se organizan. Todo esto se sostiene con la ley mordaza intacta, bajo la cual se han impuesto 2,5 millones de multas desde 2015, lo que supone una media de 782 sanciones al día en 2025. A pesar de haber pasado por ocho intentos de reforma, ninguno ha prosperado y ni siquiera el autodenominado Gobierno “más progresista de la historia” la ha derogado. Además, esta presión es doblemente cruel para los trabajadores migrantes, quienes, frente a la participación en un conflicto colectivo, se enfrentan a la amenaza velada de que sus permisos de trabajo y residencia no sean renovados y verse en riesgo de deportación, lo que impone una fuerte restricción fáctica a sus derechos políticos.
A nivel empresarial, el control preventivo se traduce en listas negras, donde consultoras y departamentos de recursos humanos intercambian información para no contratar a perfiles “conflictivos”. En mayo de 2025, la empresa pública Navantia, que ya arrastra un historial de vetos denunciados por varios operarios, incluyó cláusulas para permitir el despido de nuevos empleados si el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) les denegaba la “habilitación de seguridad”.
La represión preventiva del Estado alcanza también el terreno de la infiltración policial. Desde el año 2022, investigaciones de La Directa y El Salto han destapado más de una decena de casos de agentes encubiertos en movimientos sociales y sindicales. Uno de los casos más graves ocurrió en Barcelona entre 2020 y 2022, donde la actuación de un agente de la Policía Nacional motivó que cinco militantes presentaran una querella por abusos sexuales continuados y tortura moral. Más recientemente, los docentes huelguistas en Catalunya denunciaron que varios agentes de los Mossos se infiltraron en asambleas.
La batalla mediática y la asimetría legal
En paralelo, las redadas y registros suelen orquestarse como operaciones de propaganda, amplificadas por ruedas de prensa que estigmatizan a los comités de huelga y establecen un marco de criminalización antes de cualquier juicio. Se utiliza una atribución selectiva de “la violencia” (en singular), equiparando el bloqueo de una carretera con la violencia estructural que suponen los accidentes laborales o los salarios de miseria.
Esta serie de trabas a la actividad sindical evidencia la profunda asimetría del marco legal heredado del Real Decreto-Ley de 1977. Mientras la empresa puede recurrir a EREs, externalizaciones o cierres patronales con total normalidad institucional, el trabajador que quiere hacer huelga navega por un campo minado de excepciones penales. Esto significa que si el ejercicio de la huelga fuera verdaderamente irrelevante en la economía actual, no generaría semejante despliegue de infiltraciones, despidos “por motivos de seguridad” ni expedientes penales; es decir, la propia existencia de esta represión confirma que las luchas salariales sigue siendo, ante todo, un conflicto político relevante por el control de la producción, un conflicto que la burguesía y su Estado temen. En el último año, 7 de cada 10 países europeos vulneraron el derecho de huelga y 1 de cada 3 detuvo o arrestó a trabajadores, mientras que, en el Estado español, la Confederación Sindical Internacional denuncia que se imponen servicios “mínimos” abusivos diseñados expresamente para vaciar las huelgas de su efecto; es decir, para que se noten lo “mínimo”.