Protección de Datos sanciona a La Directa y ordena retirar información sobre los policías infiltrados
La resolución responde a la denuncia de cuatro agentes encubiertos, mientras el medio advierte de la impunidad de los infiltrados y del peligroso precedente que supone la sanción para la libertad de prensa.
La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha dictado una resolución sancionadora contra el medio de comunicación La Directa y ha ordenado la retirada de parte de las informaciones e imágenes publicadas en el marco de sus investigaciones sobre policías infiltrados en el movimiento independentista y en diversos colectivos sociales. La actuación del organismo regulador tiene su origen en una denuncia interpuesta formalmente por cuatro de los agentes de policía que fueron destapados por el propio medio informativo durante la publicación de sus reportajes.
Ante la resolución, un amplio conjunto de personas y organizaciones ha impulsado un manifiesto de apoyo al medio de comunicación en el que expresan su profunda preocupación por el procedimiento de la AEPD. Las entidades firmantes sostienen que el trabajo periodístico de La Directa constituye un “ejercicio legítimo del derecho a comunicar y recibir información veraz, amparado por el artículo 20 de la Constitución Española”, y recuerdan que “la función democrática esencial de los medios incluye el control de los poderes públicos, especialmente cuando se investigan actuaciones policiales secretas que afectan a derechos fundamentales”. La relevancia pública de las informaciones es indiscutible, puesto que los hallazgos del medio motivaron la creación de una comisión de investigación en el Parlamento de Catalunya, dieron lugar a numerosas iniciativas y preguntas parlamentarias en el Congreso de los Diputados y contaron con una amplia cobertura en medios internacionales de referencia como The Guardian o La Repubblica.
A pesar de la repercusión pública de los hechos y de que la redacción del medio adoptó diversas medidas para proteger la identidad real de los agentes, la AEPD ha concluido que determinados datos y fotografías difundidos “resultan incompatibles con la legislación vigente en materia de protección de datos”. Esta postura ha encendido las alarmas en el sector periodístico y en los movimientos sociales, donde se advierte de que la amenaza de sanciones económicas y la obligación de retirar contenidos ejercen un grave “efecto intimidatorio y de mordaza” sobre el periodismo de investigación. Según denuncian las organizaciones de apoyo, estas medidas resultan equiparables a las llamadas demandas estratégicas contra la participación pública, conocidas como SLAPP por sus siglas en inglés, cuyo objetivo es silenciar e inhibir la publicación de informaciones que puedan resultar incómodas para las instituciones públicas.
Los colectivos firmantes señalan además que la decisión de la AEPD “sienta un precedente sumamente peligroso para el conjunto de los profesionales de la información que investigan abusos o actuaciones irregulares en el seno de los cuerpos policiales”. Se subraya, asimismo, que el criterio aplicado en el Estado español contrasta con la respuesta institucional adoptada en el Reino Unido ante escándalos similares. En el contexto británico, la revelación de que agentes infiltrados mantuvieron relaciones íntimas bajo identidades falsas llevó tanto a las fuerzas policiales como al Gobierno a asumir sus responsabilidades, pedir disculpas públicas a las víctimas e indemnizarlas. En aquel caso, las identidades y fotografías de los policías implicados se publicaron con total libertad en los medios de comunicación y continúan siendo accesibles en la actualidad sin que se impusiera sanción alguna a las cabeceras que informaron sobre los hechos.